C.T.A. a continuación os quiere mostrar elanálisis que ha echo sobre el II acuerdo para la mejora del empleo público y de condiciones de trabajo, el cual fue alcanzado el pasado día 9 de marzo entre el Ministerio de Administraciones Públicas y las centrales sindicales CC.OO., U.G.T. y C.S.I.F.
ANÁLISIS
1º.- Incremento retributivo.
Se alcanza un acuerdo para tres años, con una parte fija y otra variable. La parte variable supeditada al incremento del Producto Interior Bruto (PIB).
Para el año 2018.- 1,50 % fijo. Si se alcanza un crecimiento del PIB del 3,1%. Y se prevé para cada administración pueda disponer de un 0.20%, para polanes o proyectos de mejora de la productividad o la eficiencia.
Para el año 2019.- El incremento fijo será de un 2,25%. El 0,25% y estable una escala entre el 2,25% y el 2,75% en función de que el PIB oscile entre el 2,1% y el 3,1%. También crea un fondo par la productividad y la eficiencia del 0,25%.
Para el 2020.- Un fijo del 2%. Y un variable de un uno por ciento adicional en función de que el P.I.B. oscile entre el 2,1% y el 3,1%. Fondo adicional del 0,30%. En este año deja también un fondo adicional del 0,55% para el cumplimiento del deficit.
Comentario: Realmente nos vinculan a la marcha de una economía en dos conceptos el Producto Interior Bruto y el Déficit, que los empleados públicos, (ni los privados) tenemos forma de ejercer un control sobre los mismos. Por poner un ejemplo, en el crecimiento del Producto Interior Bruto ¿se va a tener en cuenta la evasión de capitales?. Pero además una negociación colectiva elitista, sin que se nos informe a los empleados públicos de cual es su desarrollo, ignorándonos totalmente. Ni siquiera se ha dado ningún tipo de información previa a la firma. A base de decreto sindical. ¿Significa esta subida una recuperación del poder adquisitivo?. Realmente no se sabrá, depende de la evolución del I.P.C. y del resto de variables y parámetros a los que nos someten aquí.
2º.- Ofertas de Empleo Público:
Hasta el por 100% de reposición de todos los efectivos (del año anterior 2017), siempre que se cumpla con el objetivo de estabilidad presupuestaria, deuda y regla de gasto y en el caso de las administraciones locales se fijará por Presupuestos Generales del Estado.
Dentro del marco de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera se puede incrementar el 8% para aquellos servicios que se vea imprescindible un refuerzo adicional. Los ayuntamientos que tengan amortizada su deuda financiera podrían llegar al 10% adicional en los sectores que consideren oportunos.
Las administraciones públicas que no hayan cumplido los objetivos de déficit, deuda o regla de gasto:
- Sectores prioritarios: el 100%.
- Los no prioritarios: el 75%.
Dentro del marco de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, el 5% por ciento adicional para los sectores que requieren de un esfuerzo especial.
- El 115% para los cuerpos de Seguridad del Estado, Policía Autonómica y Policía Local.
- Hasta el 30% de los vacantes en funcionarios de la administración local con habilitación de carácter nacional, siempre que tengan plazas ocupadas de forma accidental o interina que supere el 8 por ciento.
Comentario: Las tasas de reposición que se proponen aquí, no se recupera el empleo público, y además C.T.A. entendemos que se hace a cosa hecha porque las empresas multinacionales, las de Florentino Pérez y otros del mismo tipo, han entrado en el sector público y evidentemente ni Montoro ni estos sindicatos están por la labor de recuperar eses empleo público. Pero además es que la viabilidad desde lo público para la prestación de determinados servicios sobre todo en las grandes administraciones locales es imposible, lo que seguirá provocando más privatizaciones.
3º.- Procesos de estabilización de empelo público:
Para los servicios de administración y servicios generales, de investigación, de salud publica e inspección médica, personal de administración y servicios en las Universidades Públicas. Así como de otros servicios que hayan estado dotadas presupuestariamente y ocupadas de forma temporal e ininterrumpida en los tres años anteriores al 31 de diciembre del 2017. De modo que la tasa de cobertura temporal al final del periodo se debe de quedar por debajo del 8%. Para estos procesos podrán ofertar plazas adicionales.
Comentario: Desde luego un proceso de consolidación no estamos C.T.A. viéndolo aquí. Más bien es un proceso de sacar plazas antiguas, con el objeto decrear expectativas, pero también con grave riesgo para la estabilidad de muchos interinos.
4º.- Medidas en materia de jornada laboral:
Reconocen que a nivel global la jornada es de 37, 30 horas.
Después hay toda una parafernalia en cuanto a la adaptación de la jornada anual por parte de cada administración.
Se deja un 5% de la jornada anual para cuidado de hijos menores de 12 años y de mayores, pero es recuperable.
Comentario: Esto si que es un absoluto fracaso en la supuesta negociación. Es decir, que estos sindicatos legitiman con este reconocimiento la imposición por decreto del Gobierno Rajoy de materias tan importantes como la jornada laboral que en muchas administraciones las teníamos sujetas a convenio.
5º.- Medidas en Materia de Incapacidad Temporal:
Lo deja en manos de la negociación colectiva de cada Administración y permite la reposición retributiva hasta del 100%. Si bien insiste en la adopción de medidas contra el absentismo. No olvidemos que el absentismo puede ser totalmente justificado.
Comentario: Creemos que este apartado es el único que realmente está bien negociado, esperemos que muchas administraciones públicas nos sirva para no ser castigados económicamente, cuando tenemos la desgracia de caer enfermos.
Lo siguiente son parafernalias para vestir el acuerdo y eso si hacer comisiones de seguimiento.
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