El
pasado día 13 de junio una trabajadora monitora en el Centro de Protección de
Menores Juan de Mairena, de la Junta de Andalucía, sufrió por parte de un menor
(supuestamente menor), una llave de Judo, siendo tirada al suelo, y
produciéndole lesiones en la cervicales. Desde ese momento, la trabajadora
contratada para solo dos meses, por la Junta de Andalucía, ha pasado un
verdadero infierno.
En primer lugar acude a la mutua de
accidentes la atienden pero no le dan la baja y la remiten a la Seguridad
Social, porque necesita el parte de accidente, por parte del centro de trabajo.
Acude al Centro de Trabajo y la Sra. Directora se niega a darle el parte de
accidente de trabajo, aduciendo que la agresión no ha sido en presencia de
ninguna otra trabajadora, si bien otra trabajadora firma el parte de novedades
del trabajo, admitiendo los hechos.
Acude a su médico de cabecera, y
esta le dice que la baja se la tiene que dar la mutua que es un accidente de
trabajo, que las lesiones son provocadas por la agresión, y que le deben de dar
el parte de accidente de trabajo. Vuelta a solicitar el parte de accidente ante
la Directora del Centro. Esta una vez más se niega a darle dicho parte, y le
dice que acuda a su médico de cabecera.
La monitora una vez más va a hablar
con su médica de cabecera, la cual ya opta por darle la baja, por puro auxilio médico.
No obstante la trabajadora se ve
obligada a emprender tres acciones, la primera solicitar una determinación de
contingencia, la cual no sirve para nada, porque la Inspección Médica tiene la
misma costumbre que las mutuas de accidentes de trabajo, que nada es
consecuencia de los accidentes todo son enfermedades comunes, así las mutuas se
hacen ricas y la Seguridad Social, la de todos, lo paga todo.
La segunda acción es acudir a la
Inspección de Trabajo, nada que hacer tampoco, porque la Inspección de Trabajo
se apresura a decir, que eso no es competencia de ellos, que eso es una
determinación de contingencias. Como la Inspección de Trabajo no investiga,
lo tienen por norma, aunque se trate de perseguir
un fraude a la Seguridad Social.
La tercera acción es interponer una
denuncia contra el agresor, pero la policía la convence para que no la ponga
porque si no todos las demás acciones quedarían paralizadas hasta que se
resolviera la acción penal.
Los hechos son que desde la
Dirección de Centro no se llega ni siquiera a asumir los hechos una agresión a
una trabajadora de estos servicios. Y la trabajadora abandonada, por supuesto
por la Junta de Andalucía y por todos los demás instituciones del estado que se
suponen que están para proteger a los agredidos, no pasa absolutamente nada, la
trabajadora se aguanta con su agresión, con sus lesiones, y con miedo a hablar
porque el contrato es dos meses y el posible que el año que viene no la llamen,
porque ya es una trabajadora problemática. Y después los políticos salen
diciendo que apoyan a la mujer, la integración de esta en el trabajo, y no
sabemos cuántas bobadas más que son todas mentira a la hora de la verdad.
Hay una cuestión que se nos
escapaba, esta trabajadora también acudió a su Sindicato que no es C.T.A. y
todavía está esperando respuesta, a ver qué tiene que hacer.
C.T.A. le exige a la Junta de
Andalucía que de forma inmediata le dé el parte de accidente, y que atienda
debidamente y defienda a su trabajadora, aunque esta sólo tenga un contrato de
dos meses.
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