miércoles, 4 de marzo de 2020

CONVOCATORIA DE HUELGA A LA EMPRESA MONSDECOR S.L.

Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, y Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad en Córdoba.
CONVOCATORIA DE HUELGA A LA EMPRESA MONSDECOR S.L. CON C.I.F. B-14.685.879 CON DOMICILIO EN MONTILLA C/ LA PARRA Nº 2
Por la presente Francisco Moro  en representación del sindicato Coordinadora de Trabajadores de Andalucía con C.I.F. 14758767, en mi condición de Secretario General y con domicilio a efectos de notificación en la Sección Sindical de C.T.A., del Ayuntamiento de Córdoba, C/ Capitulares 5ª planta. Le comunico a la Delegación Territorial de Empleo de Córdoba y a la propia empresa MONSECOR S.L., en tiempo y forma lo siguiente:
PRIMERO: Le comunicamos, de conformidad con lo que se establece en la Ley 17/1977 de 4 de marzo, que el próximo día 14 de marzo del año en curso comenzará una huelga con carácter indefinido, que afectará a las jornadas; desde las 8 de la mañana de los sábados a las 24 horas de los domingos. Así como todos los festivos.
SEGUNDO: El Sindicato que represento, de conformidad con la mencionada Ley, está plenamente legitimado para convocar la mencionada Huelga, por tener Sección Sindical legalmente constituida y tener en el ámbito una representación superior al 10% y por lo tanto, considerarse mayoritario en dicho ámbito de empresa.
TERCERO: Los motivos de la convocatoria de dicha huelga, son que la empresa se niega a dar los descansos intersemanales que corresponden como consecuencia de trabajar el fin de semana, 1 de cada 4, que además se niega a pagar el plus de domingos y festivos, y además se niega a pagar el día pasándolo a una bolsa de horas, cuando en realidad esas jornadas deben de ser incluidas en el contrato de trabajo al tener un carácter estructural su realización.
CUARTO: Que además de ser este último el motivo que provoca la Huelga. Existe otros muchos como son: La no aplicación del VII Convenio de la Dependencia, siendo sustituido por un pacto de carácter individual, por debajo de la norma y, por lo tanto, a todas luces inaplicable e ilegal. Al igual que la jornada laboral que se aplica es de 1.800 horas, cuando el convenio establece que son 1755, no se respeta el descanso intersemanal, no se respeta el descanso mínimo entre jornadas, los contratos a tiempo parcial tienen jornadas partidas en contra de los que dice la norma, no se paga la media hora de bocadillo para las jornadas superiores a 6 horas continuas, la jornada laboral se parte más de una vez, las vacaciones se toman siempre en domingo, en día festivo o en descanso intersemanal, en la actualidad las nóminas se están haciendo en relación a 1800 horas y no a 1755, con lo que una vez más se están quedando con dineros de las trabajadoras, que les pertenecen según el convenio colectivo. La contratación de personal y el despido de otros que reúnen las condiciones para ser contratados indefinidamente, por la concatenación de contratos. O haciéndose contratos de carácter eventual, cuando la continuidad en la contratación ya demuestra que tienen un carácter indefinido. O la realización de nuevas contrataciones, cuando las trabajadoras indefinidas deben horas.
QUINTO: El colmo ya, es que el día 2 de marzo convoca mediante wasap a la plantilla, para ese mismo día a las 10 de la noche, en las dependencias de la Residencia de Ancianos, fuera de horas de trabajo, en horas nocturnas. Y comunica a la plantilla que “ es de obligado cumplimiento”.
SEXTO: Todas estas razones son las que por supuesto este Sindicato está dispuesto a negociar ante unos mediadores que pueden ser perfectamente los mediadores del SERCLA. Salvo que la empresa así lo solicite. Porque por procedimiento una vez convocada la Huelga, la parte social ya no puede instar al SERCLA, no obstante, o en el SERCLA o en donde la empresa desee, este Sindicato está dispuesto a negociar los motivos de la huelga, por supuesto con el Comité de Huelga al Pleno, que es quién tiene todas las competencias.

En Montilla a 3 de marzo de 2020
Fdo. Francisco Moro 
Secretario General de C.T.A.




No hay comentarios:

Publicar un comentario